El Gobierno aprueba medidas de austeridad en la prestación farmacéutica

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto Ley que recoge medidas para la mejora de la calidad, la equidad, la cohesión y la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud. La iniciativa, con la que se prevé un ahorro de unos 2.400 millones de euros anuales, pretende aliviar las dificultades financieras en los servicios de salud.

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El Gobierno aprueba medidas de austeridad en la prestación farmacéutica. Foto: SINC

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto Ley que recoge medidas para la mejora de la calidad, la equidad, la cohesión y la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud. La iniciativa, con la que se prevé un ahorro de unos 2.400 millones de euros anuales, pretende aliviar las dificultades financieras en los servicios de salud.

Con las medidas de austeridad en la prestación farmacéutica, aprobadas hoy mediante Real Decreto Ley por el Gobierno, se prevé un ahorro para el Sistema Nacional de Salud de unos 2.400 millones de euros anuales y de 167 millones en la aportación de los ciudadanos.

Entre las medidas recogidas destaca la generalización de la prescripción por principio activo. De este modo, la prescripción de los medicamentos se realizará por su principio activo o su denominación genérica, respectivamente. A partir de esta prescripción, se dispensará en las oficinas de farmacia la presentación del medicamento o producto sanitario que tenga menor precio.

No obstante, cuando las necesidades terapéuticas lo justifiquen, así como cuando los medicamentos pertenezcan a agrupaciones integradas exclusivamente por un medicamento y sus licencias al mismo precio la prescripción, indicación o autorización de dispensación podrá realizarse identificando el medicamento o el producto sanitario por su denominación comercial.

Sin perjuicio de lo anterior, y para facilitar en todo caso el proceso de prescripción-dispensación, cuando se prescriba un medicamento por su denominación comercial, el farmacéutico dispensará el medicamento prescrito siempre que éste sea el de menor precio de su agrupación.

De lo contrario, se sustituirá por el de menor precio, de tal manera que siempre se dispensará el medicamento de menor precio de su agrupación: mismo principio activo, misma dosificación, misma presentación y misma vía de administración.

El texto aprobado hoy también recoge la aplicación de una deducción del 15% a aquellos medicamentos que, por carecer de genérico o biosimilar en España, no se han incorporado al sistema de precios de referencia, si bien ha transcurrido un lapso de tiempo prudencial (10 años) para que el laboratorio fabricante haya amortizado las inversiones realizadas para poner el medicamento en el mercado.

Asimismo, el texto incluye otro conjunto de acciones tendentes a mejorar la calidad, la equidad y la cohesión mediante la aplicación en los sistemas de información sanitaria de las nuevas tecnologías y también se prevé la mejorar de la coordinación sociosanitaria con la elaboración de una estrategia a tal fin.

Fuente: SINC
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