El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha sancionado a la empresa titular de la central Ascó I (Tarragona) con una multa de 15.390.000 euros, la más alta impuesta hasta la fecha en España a una central nuclear. Las causas de la sanción son cuatro infracciones graves y dos leves relacionadas con la liberación de partículas radiactivas que la central notificó en abril de 2008.
La central nuclear Ascó I, en Tarragona, ha cometido seis infracciones por la liberación de partículas radiactivas que la empresa titular comunicó en abril de 2008, "por lo que se le sanciona con una multa cercana a los 15,4 millones de euros", según informa el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en un comunicado.
El Ministro Miguel Sebastián firmó ayer una Orden Ministerial que recoge la multa por la comisión de cuatro infracciones graves, y el Director General de Política Energética y Minas ha dictado una Resolución sancionando otras dos infracciones leves cometidas por la empresa en relación con ela misma fuga de partículas radiactivas.
En agosto de 2008, Miguel Sebastián ya anunció que el Gobierno actuaría con “contundencia”, al conocer el contenido del informe del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), y querer evitar "manipulaciones y ocultaciones”.
Un mes más tarde, el 12 de septiembre, se inició el expediente a propuesta del CSN, y ahora, meses antes de agotarse el plazo legal previsto de un año, se resuelve con una multa total por las diferentes infracciones de 15.390.000 euros, la más alta impuesta hasta la fecha a una central nuclear en España.
La mayor parte de esa cantidad, 7.500.000 euros, sanciona la emisión radiactiva con potencial de superación del límite anual de dosis para miembros del público en el interior del doble vallado de la central, considerado una infracción grave en grado máximo.
Una cadena de infracciones
Industria también multa otras dos infracciones graves cometidas por la central, aunque en grado medio, con tres millones de euros cada una. Por una parte, por no establecer el control de contaminación externa del personal una vez descubierta la contaminación del emplazamiento y no clasificar, señalizar y delimitar radiológicamente las zonas de libre acceso de la central tras detectar partículas radiactivas en ellas.
Por otra, por el incumplimiento de la “Instrucción IS-10”, al no haber notificado los hallazgos de partículas desde el 14 de marzo hasta el 4 de abril de 2008 que notificó el suceso, y de la “Instrucción IS-14”, por no haber proporcionado a la Inspección Residente información pronta y veraz sobre la contaminación en zona de libre acceso entre esas mismas fechas.
Se sanciona además con 1.800.000 euros el incumplimiento del Manual de Protección Radiológica, al no dejar constancia en los registros de vigilancia de la contaminación encontrada en zonas de libre acceso, lo que se considera también como infracción grave en grado medio.
Por su parte, la Resolución del Director General de Política Energética y Minas multa con 90.000 euros la comisión de dos infracciones leves. Por no adoptar las medidas necesarias para minimizar la probabilidad de exposiciones potenciales, al permitir la salida de un camión de chatarra que contenía partículas radiactivas, la empresa titular de Ascó I deberá pagar 75.000 euros.
Y por el incumplimiento de la “Instrucción IS-10”, al no haber emitido el correspondiente informe de suceso notificable ante la demanda de actuación de los monitores del edificio de combustible de la central nuclear el 26 de noviembre de 2007, cuando se llevó a cabo la maniobra de vertido del contenido de la aspiradora en la piscina de combustible, se sanciona con otros 15.000 euros.